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TextoABC preguntas frecuentes

Adhesión al débito automático

1) ¿Cómo puedo adherirme al débito automático?

Haciendo click aquí podes consultar como efectuar el tramite para adherirte al debito automatico.

2) ¿Puedo adherirme si soy titular de una tarjeta de débito?

No, la adhesión al débito automático para el pago de las tasas municipales, sólo puede hacerse con tarjetas de crédito Visa Master y American Express. O bien, si sos titular de una cuenta de cualquier entidad financiera.

3) ¿Qué otras tasas se pueden adherir al débito automático?

Podés abonar a través del débito automático la tasa de ALSMI, Monotasa y la patente de rodados. En el caso de ALSMI obtenés un 10% de descuento y en el caso de Monotasa y patentes de rodados un 15%.

4) ¿Puedo adherirme si tengo una deuda anterior?

Si, podés hacerlo pero el descuento será aplicable solo para cuotas posteriores que se abonen por dicha vía.

5) ¿Puedo cancelar mi adhesión al débito en cualquier momento?

Sí, podés hacerlo contactándote con tu tarjeta de crédito y solicitando la baja o ingresando al sistema de trámites haciendo click aquí y tené en cuenta que a partir de la baja, quedarás sin el beneficio del 10% de descuento en el caso de ALSMI y del 15% en el caso de Monotasa o Automotor.

6) ¿Cuándo se ve reflejado el descuento?

Si el trámite es iniciado y aprobado antes del 15 del mes corriente, el descuento se aplica al mes siguiente. En cambio, si se realiza después del dia 15, se verá reflejado al mes subsiguiente.

7) ¿Se debe dar aviso al banco o la tarjeta emisora?

Tiene la posiblidad de adhesión comunicándose con la empresa de la tarjeta emisora o bien de manera presencial en el Banco Provincia.

8) Si se extravía o vence la tarjeta de credito y se da de baja ¿Qué debo hacer?

Una vez dada de baja la tarjeta, se suspende el pago. En caso de reponer la tarjeta, podrás realizar la nueva alta de tarjeta de crédito.

9) ¿Es necesario que asista el titular de la cuenta?

En el caso de Personas jurídicas, debe efectuar la adhesión el apoderado de la empresa presentando el poder que lo autorice a efectuar la adhesión y el estatuto o contrato social. En el caso de personas físicas, la adhesión puede efectuarla el titular de la cuenta, o bien un autorizado con el formulario F.331/R.

10) ¿Obtengo algún beneficio por adherirme al Débito Automático?

Si, obtendrás un descuento del 15% del valor de tu cuota y si además sos Buen Contribuyente se te adiciona otro 10% más.

Código de pago electrónico

1) ¿Cómo obtengo el código de pago electrónico?

Podrá obtener el código de pago electrónico haciendo click aquí.

2) Si lo pierdo, ¿Puedo volver a generarlo?

Sí, puede generarlo cuantas veces lo necesite.

Pagos online, estado de cuenta e impresión de boletas

1) ¿Cómo puedo realizar el pago online, obtener el estado de deuda o imprimir la boleta de automotor?

Podrá realizar el pago online, obtener el estado de deuda o imprimir la boleta de automotor haciendo click aquí.

2) ¿Puedo imprimir todas las boletas que desee?

Sí, podés imprimir todas aquellas boletas que desees abonar y conocer además el estado de tu cuenta.

3) ¿Puedo abonar con todas las tarjetas de crédito?

No, sólo con tarjetas de crédito Visa, Mastercard y American Express.

4) ¿Si se me venció la boleta, la puedo reimprimir desde aquí?

Si. Cuando sean boletas que ya estén vencidas, podés reimprimir cuantas veces lo necesites. Tendrás hasta 5 días hábiles para abonar la misma. En el caso que sean boletas aún no vencidas, se emitirá con la fecha de vencimiento original.

5) ¿Dónde puedo consultar los medios y lugares de pago disponibles?

Podés consultar nuestros lugares y medios de pago ingresando aquí.

Planes de Pago en Instancia Prejudicial

1) ¿Cómo puedo realizar el plan de pagos?

Se puede realizar de forma online haciendo click AQUÍ o presencial, acercándose al Palacio Municipal, 1er piso, oficina 3, Dirección General de Ingresos Municipales, de lunes a viernes de 08:00 a 14:45hs, con la documentación requerida. Allí te emitirán los recibos de pago tanto del anticipo como de las cuotas.

2) ¿Puede realizarlo cualquier persona?

Lo puede realizar el titular, o un apoderado del mismo

3) Una vez realizado el Convenio, ¿ya se considera regularizada la situación tributaria?

No, para que se considere regularizada dicha situación debés abonar el anticipo como así también las cuotas. De lo contrario el plan puede caducar.

4) ¿Dónde obtengo las boletas para abonar las cuotas?

Al momento de realizar el plan, se podrán visualizar los recibos de cada cuota a abonar, donde a su vez también figuran las fechas de vencimiento.

5) Si se me vence alguna cuota, ¿puedo reimprimirla?

Si, se pueden reimprimir cuando lo necesite.

6) ¿Cuáles son los medios para abonar el anticipo o las cuotas?

Se puede abonar mediante red Rapipago, Pago Fácil, Bapro o con tarjetas de créditos ingresando aquí.

7) ¿Puedo abonar por Interbanking?

No, esta modalidad sólo se permite para deuda no incluída en planes de pago.

8) Si tengo otros planes de pago, ¿puedo realizar uno nuevo?

Si, siempre y cuando los anteriores no cuenten con morosidad, es decir, estén pagos al día.

9) ¿Puedo realizar el Convenio en la Municipalidad?

Sí, sólo si no pudo realizarlo de forma online. Podrás realizarlo, acercándote al Palacio Municipal, 1er piso, oficina 3, Dirección General de Ingresos Municipales, de lunes a viernes de 08:00 a 14:45hs, con la documentación requerida. Allí te emitirán los recibos de pago tanto del anticipo como de las cuotas.

Planes de Pago en Instancia Judicial

1) ¿Cómo puedo realizar el plan de pagos en instancia judicial?

Luego de cancelar los honorarios judiciales, tenés que acercarte al 1º piso de la Dirección General de Ingresos Municipales en el horario de 8.00 a 14.45 hs., con la documentación requerida. Haciendo click aquí tenés toda la información sobre cómo realizar este trámite.

2) ¿Puede realizarlo cualquier persona?

Lo puede realizar el titular, o un apoderado del mismo.

3) Una vez realizado el Convenio, ¿ya se considera regularizada la situación tributaria?

No, para que se considere regularizada dicha situación se debe abonar el anticipo como así también las cuotas. De lo contrario el plan puede caducar.

4) ¿Dónde obtengo las boletas para abonar las cuotas?

Al momento de realizar el plan, se te otorgarán los recibos de pago tanto del anticipo como de las cuotas a abonar, donde a su vez figuran las fechas de vencimiento.

5) Si se me vence alguna cuota, ¿puedo reimprimirla?

Si, se pueden reimprimir cuando lo necesite desde la página web accediendo con su n° de patente automotor.

6) ¿Cuáles son los medios para abonar el anticipo o las cuotas?

Se puede abonar mediante red Rapipago, Pago Fácil, Bapro o con tarjetas de créditos ingresando aquí.

7) ¿Puedo abonar por Interbanking?

No, esta modalidad sólo se permite para deuda no incluída en planes de pago.

8) Si tengo otros planes de pago, ¿puedo realizar uno nuevo?

Si, siempre y cuando los anteriores no cuenten con morosidad, es decir, estén pagos al día.

9) ¿Puedo realizar el Convenio de manera Online?

No. Si la deuda está en instancia judicial, sólo va a poder realizarlo de manera presencial.

SUSCRIPCIÓN BOLETA DIGITAL

1) ¿Cómo puedo adherirme a boleta digital?

Podrás adherirte a la boleta digital haciendo click aquí.

2) ¿A partir de cuándo me envían la boleta en formato digital?

Se enviarán a partir de la siguiente emisión por el medio seleccionado (correo electronico y/o WhatsApp).

3) ¿Puedo modificar las partidas adheridas?

Si. Podés añadir más dominios o quitar los que ya no desees recibir por correo y/o WhatsApp.

Alta automotor

1) ¿Cuáles son los modelos de los automotores que se pueden inscribir en la Municipalidad de San Martín?

Los modelos que pueden inscribirse en la Municipalidad de San Martín son del 1977 al 2013.

2) ¿Cuáles son los requisitos para dar de alta un automotor en la Municipalidad de San Martín?

Se de alta por registro automotor al momento de la transferencia. Luego, se envía la información al municipio.

Debe aguardar al menos 30 días para recibir la patente a su domicilio.

En los casos, pasado esos días y no visualiza en la página la patente, puede ingresar a efectuar el trámite.

Si son posteriores al 1° Agosto de 2017, deberá concurrir directamente al Registro Automotor.

Si son anteriores al 1° de Agosto de 2017, deberá concurrir al Palacio Municipal con la siguiente documentación:
Provenientes de otra jurisdicción:

  • Baja de radicación anterior.
  • Libre Deuda de radicación anterior.
  • Título automotor.
  • D.N.I. titular.
  • Formulario 13D

3) ¿Cuáles son los requisitos para cambiar los datos del destinatario?

- Título de propiedad

- DNI

4) El trámite de alta ¿tiene algún costo?

Si, es un trámite con costo, para conocer los valores, si el auto se encuentra radicado en San Martin, deberás ingresar aquí , si el auto no se encuentra radicado en San Martin deberás ingresar aquí.

5) ¿Cómo realizo el alta automotor en la Municipalidad de San Martin?

Para conocer el trámite de alta automotor, si el auto se encuentra radicado en San Martin, deberás ingresar aquí, si el auto no se encuentra radicado en San Martin deberás ingresar aquí.

Baja automotor

1) ¿Cómo puedo hacer una baja de automotor municipalizado?

Se efectúan en registro automotor mediante el formulario 13 D-baja.

Debe aguardar al menos 30 días para recibir la baja en su domicilio.

En los casos, pasado esos días y no visualiza la baja en la página, puede ingresar y efectuar la solicitud del duplicado de baja.

Si son posteriores al 1° Agosto de 2017, deberá concurrir directamente al Registro Automotor.

Si son anteriores al 1° de Agosto de 2017, deberá concurrir al Palacio Municipal con la siguiente documentación:

Por Radicación:

  • Título automotor.
  • DNI

2) El trámite de baja ¿tiene algún costo?

Si, es un trámite con costo, para conocer los valores, si el auto se encuentra radicado en San Martin, deberás ingresar aquí, si el auto no se encuentra radicado en San Martin deberás ingresar aquí.

3) ¿Puede hacerlo algún tercero?

Sí, siempre que se presente con copia de D.N.I. de ambos y se haya completado el formulario pertinente, es decir, F331

Solicitud de exención automotor

1) ¿Cómo puedo solicitar la exención de automotor?

Haciendo click aquí podras informarte de como realizar el tramite de eximición de automotor.


Fuente: Art.269 Bis - Ord. Fiscal 11988/16

2) ¿Todas las Discapacidades están exentas de pagar el impuesto al automotor?

No, debe estar incluída en el Código Fiscal de la Provincia de Buenos Aires.

3) ¿Cuáles son los motivos por los cuales se debe renunciar a la eximición?

Por venta del vehículo, por cambio de radicación, por robo o hurto.

4) ¿Si la persona con discapacidad no es apta para conducir, puede tener un tercero autorizado para que lo haga por él?

Sí, la persona puede delegar en otra la conducción del auto. Pero esta competencia debe estar autorizada por la autoridad competente.

5) ¿Cuáles son los requisitos a presentar?

Certificado de discapacidad expedido por Ministerio de Salud de Pcia. De Bs. As. (Ley 10592) o por el Ministerio de Salud de la Nación (Ley 19279, art. 3).
DNI del discapacitado y del solicitante.
Constancia de Inscripción en la AFIP y/o ANSES del discapacitado y solicitante.
Licencia de conducir del discapacitado y/o del solicitante.
De no ser el discapacitado el solicitante, acta o partida de matrimonio y/o nacimiento o información sumarial judicial (pareja conviviente).
Título de propiedad del vehículo.
Póliza de Seguro que indique el uso que se le da al vehículo (particular o comercial).
Acta de Designación de Autoridades - Estatuto en caso de corresponder.
Todos los certificados a presentar deberán tener una vigencia de emisión no superior a los 120 días corridos a la fecha de iniciación del trámite. Salvo que el certificado exprese lo contrario.

Notificaciones y descargos

1) ¿Corresponde hacer un descargo en caso de una venta sin transferencia realizada?

No, no podés hacer un descargo si no está realizada la transferencia.

2) Si me llega una Notificación o intimación ¿qué debo hacer?

Si te llega alguna notificación o intimación tenés que realizar el descargo correspondiente online ingresando aquí.

3) ¿El descargo lo puede hacer cualquier persona o tiene que ser el titular?

El descargo lo puede realizar cualquier persona de forma online.

4) ¿Tiene algún costo el descargo?

No, es gratuito.

5) Si me llega alguna notificación o intimación de otro contribuyente ¿qué hago?

Si te llegan notificaciones o intimaciones de otro contribuyente, realizá el descargo para informar que no te corresponde dicha notificación y evitar posteriores errores.

6) Si no presento el descargo, ¿cuáles son las consecuencias que puedo tener?

Si no presentás el descargo, se considerará que sí te corresponde la notificación e intimación en cuestión.

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